El TC ha anulado en sentencia los apartados de la Ley de la vivienda que dificultaban la concreción de desahucios de vivienda.
El Tribunal Constitucional (TC), ante el recurso de inconstitucionalidad que interpuso el PP sobre varios puntos de la Ley 12-2023 de la Vivienda, ha anulado en sentencia varios apartados, en concreto los que dificultaban la concreción de los desahucios de vivienda.
El Grupo Popular argumentaba que algunos apartados de la Ley vulneraban el derecho de tutela judicial efectiva de los propietarios. Según la Ley de la Vivienda, los grandes tenedores de vivienda tenían la obligación de acreditar la vulnerabilidad o no de sus inquilinos a la hora de interponer una demanda de desahucio. Esto ralentizaba los procedimientos de desahucio con el consiguiente perjuicio económico para los propietarios. El Pleno del Tribunal Constitucional anulaba en concreto los apartados dos y seis de la disposición final quinta de la normativa considerándola una medida no razonable ni proporcional.
Los propietarios, según la antigua normativa, ahora derogada, tenían varias obligaciones para pedir el desalojo y la recuperación del inmueble con ocupantes ilegales, inquilinos deudores o personas que, una vez finalizado el contrato del alquiler, se negaban a abandonar la vivienda el desalojo:
El incumplimiento de estas obligaciones suponía la inadmisión de la demanda.
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